Los votantes deben presentar una de las siete formas de identificación con fotografía aceptables cuando voten en persona:
- Licencia de conducir de Texas emitida por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (DPS)
- Certificado de identificación electoral de Texas emitido por DPS
- Tarjeta de Identificación Personal de Texas emitida por DPS
- Licencia de Texas para Armas de Fuego emitida por DPS
- Tarjeta de identificación militar de los Estados Unidos que contenga la fotografía de la persona
- Certificado de ciudadanía de los Estados Unidos que contenga la fotografía de la persona
- Pasaporte de los Estados Unidos (libro o tarjeta)
Los votantes de 18 a 69 años pueden presentar una de estas identificaciones con fotografía incluso si está vencida, pero no más de cuatro años después de la fecha de vencimiento. Los votantes mayores de 70 años pueden presentar una de estas identificaciones con fotografía incluso si está vencida, sin importar cuándo venció la identificación. Los certificados de ciudadanía Estadounidenses no vencen.
Los votantes que no posean y no puedan obtener una de estas formas de identificación con fotografía pueden completar una Declaración de impedimento razonable (RID) en un Centro de votación y presentar otra forma de identificación, como una factura de servicios públicos, un extracto bancario, un cheque del gobierno, una identificación electoral, o un ertificado de registro.